CONSIDERANDO I
CONSIDERANDO I:
Que de una revisión exhaustiva del expediente, se evidencia que conforme a la constancia de recepción cursante en obrados, el 3 de diciembre de 2015 (fs 81) la actora interpuso demanda contencioso administrativa contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria
Que de una revisión exhaustiva del expediente, se evidencia que conforme a la constancia de recepción cursante en obrados, el 3 de diciembre de 2015 (fs 81) la actora interpuso demanda contencioso administrativa contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria
- Proceso : Contencioso
- VISTOS: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Edmy Josefa Gonzáles Corella de Mayora contra la
- CONSIDERANDO I
- Que por la diligencia de notificación personal de fs 26, adjunta a la demanda, se
- Que el art
- Que la Sentencia Constitucional N° 0965/2003-R de 14 de julio de 2003 ha establecido que
- Que en el caso de autos, se tiene que a partir de la notificación con
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Firmado
