Auto Supremo AS/0196/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0196/2015

Fecha: 23-Mar-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia y con la facultad conferida por el


CONSIDERANDO: Por Auto de 24 de febrero de 2015 (fs. 222), la Magistrada Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán, formuló excusa en el presente proceso, señalando que se encuentra comprendida en la causal establecida por el art. 316 inc. 11) del Código de Procedimiento Penal (CPP), en razón de sostener con la imputada María Esther Caero Silva, amistad íntima que data desde hace tiempo atrás, reflejada a través de un trato frecuente que es de conocimiento público de los habitantes de Pando, aspecto que comprometería su imparcialidad en la resolución de la presente causa.

Que, la disposición legal en la que ampara su excusa la Magistrada, prevé como causal de excusa de los Jueces, entre otros aspectos, tener amistad íntima, que se exteriorice por frecuencia de trato; en consecuencia, habiendo expresado su relación de amistad íntima y frecuente con la imputada, corresponde admitir la misma con el fin de garantizar la correcta administración de justicia en este alto Tribunal Supremo de Justicia.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia y con la facultad conferida por el art. 318 del CPP, ACEPTA la excusa formulada por la Magistrada Norka Natalia Mercado Guzmán