Analizados los antecedentes que cursan en el cuaderno procesal, se puede evidenciar que, si bien
Analizados los antecedentes que cursan en el cuaderno procesal, se puede evidenciar que, si bien se libró la orden instruida a fin que la víctima y querellante asuman conocimiento del presente recurso, hasta la fecha no se ha devuelto la misma con las diligencias de notificación a las partes interesadas, por lo cual no se puede soslayar el derecho de las partes de asumir conocimiento del presente trámite y las determinaciones que pudiera dictar este Tribunal y cumplir con los preceptos contenidos en el art. 409 del CPP, aplicables al recurso de revisión de sentencia conforme lo dispuesto por la parte final del art. 423 de la referida Ley Adjetiva Penal, vulnerando de esta manera al derecho de las partes a efecto que puedan ejercer las facultades que la ley les reconoce respecto a la pretensión de la parte recurrente; ello, asociado a los defectos absolutos no susceptibles de convalidación que impliquen la inobservancia o violación de derechos y garantías constitucionales
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