Auto Supremo AS/0487/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0487/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

Regístrese, hágase saber y cúmplase


En cuanto al motivo en análisis, la recurrente no cumple con la carga procesal de señalar precedentes los que serían presuntamente contradictorios al Auto de Vista impugnado conforme los requisitos de admisibilidad del recurso de casación establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP; no obstante, la denuncia versa sobre una presunta incongruencia omisiva y vulneración a derechos y garantías constitucionales; es decir, provee los antecedentes de hecho generadores del recurso referidos a la negativa de participar en el juicio oral en su condición de testigo y víctima a la vez, precisa como principios constitucionales vulnerados el debido proceso, igualdad judicial y legalidad, los que no hubiesen sido restaurados por el Tribunal de apelación; en consecuencia, estando mínimamente cumplidos los presupuestos establecidos en el acápite IV de la presente Resolución, el motivo corresponde ser admitido para su análisis de fondo vía flexibilización.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación formulado por Rosario López Pesoa, cursante de fs. 163 a 164. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase