CONSIDERANDO: Que, de la lectura del memorial de demanda que interpone Orlando Herrera Cazorla, se
VISTOS: El memorial de demanda que cursa de fs. 57 a 61 vta., la documental adjunta al mismo, y
CONSIDERANDO: Que, de la lectura del memorial de demanda que interpone Orlando Herrera Cazorla, se tiene que la parte actora interpone demanda contencioso administrativa contra el Gobierno Autónomo Departamental de la ciudad de La Paz, legalmente representado por Félix Patsi y contra el Servicio Departamental de Salud de la Paz, sin considerar que el art. 3 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, dispone la creación de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa como parte de la estructura de los Tribunales Departamentales de Justicia, con la finalidad de que conozcan las causas contenciosas que resultaren de los contratos, negociaciones o concesiones de los gobiernos autónomos departamentales, municipales, indígena originario campesinos y regionales; universidades públicas, y demás instituciones públicas o privadas que cumplan roles de administración estatal a nivel departamental y resuelvan las demandas contenciosas administrativas a nivel departamental, que resultaren de la oposición del interés público y privado
CONSIDERANDO: Que, de la lectura del memorial de demanda que interpone Orlando Herrera Cazorla, se tiene que la parte actora interpone demanda contencioso administrativa contra el Gobierno Autónomo Departamental de la ciudad de La Paz, legalmente representado por Félix Patsi y contra el Servicio Departamental de Salud de la Paz, sin considerar que el art. 3 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, dispone la creación de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa como parte de la estructura de los Tribunales Departamentales de Justicia, con la finalidad de que conozcan las causas contenciosas que resultaren de los contratos, negociaciones o concesiones de los gobiernos autónomos departamentales, municipales, indígena originario campesinos y regionales; universidades públicas, y demás instituciones públicas o privadas que cumplan roles de administración estatal a nivel departamental y resuelvan las demandas contenciosas administrativas a nivel departamental, que resultaren de la oposición del interés público y privado
- Expediente: 228/2015
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO: Que, de la lectura del memorial de demanda que interpone Orlando Herrera Cazorla, se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa II del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
