Auto Supremo AS/0351/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2016-A

Fecha: 20-Oct-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo

Que, con Auto Complementario Nº 129/2016 al Auto de Vista Nº 88/15 de 21 de agosto de 2015, de fs. 245 a 246, la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Andrés Ltda., a través de su representante legal, fue notificada el 19 de julio de 2016, conforme consta a fs. 251, interponiendo el recurso de casación el 27 de julio del mismo año, conforme consta del cargo de recepción fs. 254, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo; lo que conlleva a determinar, que el recurso de casación ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del NCPC, examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, determinándose en consecuencia su admisibilidad.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil; ADMITE el recurso de casación interpuesto por la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Andrés Ltda., representada legalmente por Marco Antonio Dick, cursante a fs. 253 a 254 de actuados