POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Administrativa Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, con la previsión del art. 252 del CPT, la Disposición Transitoria Sexta y el art. 277.I del NCPC, se dispone la ADMISIÓN del recurso de casación en el fondo, de fs. 2088 a 2092, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
