Auto Supremo AS/0364/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0364/2016-A

Fecha: 26-Oct-2016

En el caso debe considerarse que el recurso de casación motivo de autos fue presentado

En el caso debe considerarse que el recurso de casación motivo de autos fue presentado el 26 de agosto de 2016, es decir, en vigencia plena la nueva norma procesal civil, circunstancia que determina que para su admisibilidad debe cumplir con las condiciones formales previstas en el art. 274 de la Ley N° 439/2013 (Código Procesal Civil vigente), norma en virtud de la cual debe interponerse ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista, citando en términos claros y precisos el Auto de Vista del que se recurriere y su foliación, expresando con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas, aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas y especificando en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error. Estas especificaciones deberán hacerse en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente