Auto Supremo AS/0786/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0786/2016-RA

Fecha: 10-Oct-2016

Regístrese, hágase saber y devuélvase


Respecto al único motivo, el recurrente alega que en el recurso de apelación restringida fundamento sobre la violación del principio de libertad probatoria, porque el Juez cautelar no hubiese valorado lo establecido por el “art. 123 de la Ley”, vulnerando así la sana crítica en la valoración de la prueba ofrecida por el Ministerio Público; por lo que, indica que todos los jueces deben regirse a lo establecido por el art. 170 de la CPE; al respecto, se constata que el recurrente no invoca ningún precedente y por ende no realiza la explicación de cual la contradicción con el Auto de Vista ahora impugnado, conforme exige el art. 417 del CPP; además, no identifica que argumento del Auto de Vista sería contrario a la norma o a la Constitución Política del Estado, limitándose a argumentar aspectos del Juez aquo, olvidando que el recurso de casación se encuentra diseñado para el control de legalidad del Auto de Vista y no así sobre la actuación del Juez que emitió la Sentencia, tampoco señala que pruebas no hubiesen sido valoradas correctamente; por lo que, dichas imprecisiones y omisiones no pueden ser suplidas de oficio, deviniendo el recurso en inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CCP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Luis
Carlos Gómez Colque, cursante de fs. 245 a 246 vta.

Regístrese, hágase saber y devuélvase