De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 650 a 651 vta., interpuesto por Mario Peña García contra del Auto de Vista Nº 317/2016 de 16 de septiembre, cursante de fs. 646 a 647 vta., pronunciado por la Sala Tercera Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre cumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios seguido por el recurrente contra Silvio Montaño Rosales, Francisco Olmos Carreño y Mario Virgilio Kempff Suarez, el Auto de fs. 657, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia No. 223/2015 de 20 de mayo, cursante de fs. 613 a 625 vta., que declaro improbada la demanda, probada la excepción de prescripción interpuesta por Francisco Olmos Carreño y Silvio Montalvo Rosales, probada la demanda reconvencional por daños y perjuicios interpuesta por Mario Virgilio Kempff Suarez, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista Nº 317/2016 de 16 de septiembre, cursante de fs. 646 a 647 vta., que confirmó en todas sus partes la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Mario Peña García, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia No. 223/2015 de 20 de mayo, cursante de fs. 613 a 625 vta., que declaro improbada la demanda, probada la excepción de prescripción interpuesta por Francisco Olmos Carreño y Silvio Montalvo Rosales, probada la demanda reconvencional por daños y perjuicios interpuesta por Mario Virgilio Kempff Suarez, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista Nº 317/2016 de 16 de septiembre, cursante de fs. 646 a 647 vta., que confirmó en todas sus partes la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Mario Peña García, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Mario Peña García c/ Silvio Montaño Rosales, Francisco Olmos Carreño y Mario Virgilio Kempff
- Proceso: Ordinario sobre cumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
