II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 671 a 677, interpuesto por Simón Callisaya Titirico y Lidia Choque Penca, se verifica que el mismo cumple con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil; estos hechos hacen admisible la consideración del recurso de casación, por lo que corresponde su análisis y Resolución conforme a derecho
De la revisión del recurso que cursa de fs. 671 a 677, interpuesto por Simón Callisaya Titirico y Lidia Choque Penca, se verifica que el mismo cumple con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil; estos hechos hacen admisible la consideración del recurso de casación, por lo que corresponde su análisis y Resolución conforme a derecho
- Partes: Olga Isabel Gutiérrez de Saavedra c/ Simón Callisaya Titirico y Lidia Choque Penca
- Proceso: Ordinario sobre usucapión decenal
- Distrito: Pando
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
