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    Auto Supremo AS/0409/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0409/2016

    Fecha: 05-Dic-2016

    Que, la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil (CPC) aprobado por Ley N° 439

    Que, la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil (CPC) aprobado por Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, ordena a toda autoridad judicial, que desde la publicación de dicho Código, cada seis meses, de oficio debe revisar los procesos de su juzgado, y en su caso declarar la extinción por inactividad
    • Que, por informe de 19 de octubre de 2016, el Secretario de Sala informa que
    • Que, la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil (CPC) aprobado por Ley N° 439
    • Que, el Capítulo IV, Título V del Libro Primero del Código Procesal Civil, regula la
    • Regístrese, notifíquese y cúmplase.

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