Que, del análisis en el caso concreto se asume, el recurso de casación cursante de
Que, el recurso examinado, expresa con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas, especificando también en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, en relación al art. 34 del Manual de Prestaciones de rentas en Curso de pago y adquisición; 52 del Código de Seguridad Social y; 96 y 97 del Código de Familia, con los fundamentos que se esgrimen en su contenido; para solicitar finalmente se case el Auto de Vista y se confirme la Resolución Comisión de Reclamación N° 024/15 de 26 de enero de 2015.
Siendo así, cumplidos los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013, del examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad del presente recurso de casación.
Que, del análisis en el caso concreto se asume, el recurso de casación cursante de fs. 182 a 180, fue elaborado antes de la vigencia plena del CPC-2013, en consecuencia con la finalidad de dar cumplimiento al art. 277 del referido cuerpo legal, es imperativo contrastar este escrito con los requisitos previstos en el art. 258 del CPC-1975; mismo que cumple a cabalidad con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el referido cuerpo legal, como ser; citar en términos claros, concretos y precisos, la violación y errónea aplicación de las normas, así como, el error de derecho o de hecho en la apreciación de las pruebas
Siendo así, cumplidos los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013, del examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad del presente recurso de casación.
Que, del análisis en el caso concreto se asume, el recurso de casación cursante de fs. 182 a 180, fue elaborado antes de la vigencia plena del CPC-2013, en consecuencia con la finalidad de dar cumplimiento al art. 277 del referido cuerpo legal, es imperativo contrastar este escrito con los requisitos previstos en el art. 258 del CPC-1975; mismo que cumple a cabalidad con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el referido cuerpo legal, como ser; citar en términos claros, concretos y precisos, la violación y errónea aplicación de las normas, así como, el error de derecho o de hecho en la apreciación de las pruebas
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Que, en la materia se tiene una norma adjetiva específica, art
- Sin embargo de lo anterior, teniendo en cuenta que el recurso de casación que se
- CONSIDERANDO II
- Que, del análisis en el caso concreto se asume, el recurso de casación cursante de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
