POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277 parágrafo II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 617 a 623, interpuesto por Antonio Vera contra el Auto de Vista Nº 395/2015 de 7 de diciembre, cursante de fs. 609 a 611, pronunciado por la Sala Civil – Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- Partes: Antonio Vera c/Sociedad Industrial del Sur S.A
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- Consiguientemente establecido el requisito establecido en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, comuníquese.
