CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
El recurso de casación cursante de fs. 199 a 202; cita de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido; que el Auto de Vista Nº 113/2015 de 5 de noviembre de 2015, fue notificado a Cesar Luis Salinas Sinka en representación del Club “The Strongest”, el 19 de noviembre de 2015, como consta en la diligencia de fs. 195; y que este, interpuso recurso de casación en fecha 27 de noviembre del mismo año, conforme se evidencia del cargo de recepción en la parte final del memorial del recurso, de fs. 202 vta., dentro del plazo establecido por Ley, de conformidad al art. 210 del CPT, y concordancia con el art. 90 en sus parágrafos I, II y III del CPC-2013, con la permisibilidad establecida en el art. 252 de la norma adjetiva laboral
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Club “The Strongest”, representado por su Presidente
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Procesal del Trabajo,
- CONSIDERANDO II
- Que, además en el caso concreto, se asume que el recurso de casación cursante de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
