De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
Proceso: Prescripción
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 90 y vta., interpuesto por Franz A. Rojas Aguilar en representación de Cruz Tewalda Durán Mallea, contra el Auto de Vista signado con Resolución Nº S-339/2015 de 27 de noviembre de 2015 cursante de fs. 87 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de prescripción seguido por la recurrente en contra de Toyosa S.A., la concesión de fs. 101, los antecedentes del proceso:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
En base a la demanda de prescripción que cursa de fs. 6 y vta., se inicia el proceso que es contestado por el representante legal de Toyosa S.A. a fs. 28 y vta., desarrollándose el mismo hasta pronunciarse Sentencia de fs. 73 a 75, que declara improbada la demanda
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 90 y vta., interpuesto por Franz A. Rojas Aguilar en representación de Cruz Tewalda Durán Mallea, contra el Auto de Vista signado con Resolución Nº S-339/2015 de 27 de noviembre de 2015 cursante de fs. 87 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de prescripción seguido por la recurrente en contra de Toyosa S.A., la concesión de fs. 101, los antecedentes del proceso:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
En base a la demanda de prescripción que cursa de fs. 6 y vta., se inicia el proceso que es contestado por el representante legal de Toyosa S.A. a fs. 28 y vta., desarrollándose el mismo hasta pronunciarse Sentencia de fs. 73 a 75, que declara improbada la demanda
- Expediente: LP-24-16-S
- Partes: Cruz Tewalda Durán Mallea c/ Toyosa S.A
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Sentencia que fue recurrida de apelación por la parte demandante, sobre la cual se emite
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- El recurso de fs
- De acuerdo al detalle descrito se evidencia que el recurrente describe argumentos de fondo, deduciendo
- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
