VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 47-A
Sucre, 04 de abril de 2016
Expediente: 087/2016
Materia: Renta Única de Vejez
Demandante: Miguel Romero Limachi
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Distrito : Oruro
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) representado por Edson Paolo Saavedra Carreño, de fs. 132 a 134, contra el Auto de Vista AV-SECCASA-15/2016 de 2 de febrero de fs. 122 a 125 vta., pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del trámite de renta única de vejez seguido por Miguel Romero Limachi contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el NCPC, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 47-A
Sucre, 04 de abril de 2016
Expediente: 087/2016
Materia: Renta Única de Vejez
Demandante: Miguel Romero Limachi
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Distrito : Oruro
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) representado por Edson Paolo Saavedra Carreño, de fs. 132 a 134, contra el Auto de Vista AV-SECCASA-15/2016 de 2 de febrero de fs. 122 a 125 vta., pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del trámite de renta única de vejez seguido por Miguel Romero Limachi contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el NCPC, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento
