Auto Supremo AS/0064/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0064/2016-A

Fecha: 22-Abr-2016

VISTOS: El recurso de casación de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 64-A
Sucre, 22 de abril de 2016

Expediente: 109/2016-A
Demandante : Ernesto Bernal Morales
Demandado : Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia : Reclamación de Pensiones
Distrito : La Paz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 331 a 334, interpuesto por Teodora Alicia Encinas derecho habiente del titular Ernesto Bernal Morales; contra el Auto de Vista Nº 129/15 de 04 de noviembre de 2015, cursante a fs. 328, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social sobre Renta de Viudedad, seguido por la recurrente contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR); y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (CPC-2013), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el Código Procesal Civil, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento