VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 78-A
Sucre, 27 de abril de 2016
Expediente: 119/2016-A
Demandante: Casto Vargas Román
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
Materia: Social (Compensación de Cotizaciones)
Distrito : Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 76 a 79, interpuesto por el Sistema Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR, representado legalmente por Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda; el Auto de Vista Nº 10 de 8 de septiembre de 2015, cursante de fs. 71 a 73, pronunciado por la Sala Social, Contencioso Tributario y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social sobre Compensación de Cotizaciones, seguido por Casto Vargas Román contra el recurrente, y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el NCPC, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 78-A
Sucre, 27 de abril de 2016
Expediente: 119/2016-A
Demandante: Casto Vargas Román
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
Materia: Social (Compensación de Cotizaciones)
Distrito : Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 76 a 79, interpuesto por el Sistema Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR, representado legalmente por Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda; el Auto de Vista Nº 10 de 8 de septiembre de 2015, cursante de fs. 71 a 73, pronunciado por la Sala Social, Contencioso Tributario y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social sobre Compensación de Cotizaciones, seguido por Casto Vargas Román contra el recurrente, y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el NCPC, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento
