TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 126
Sucre, 22 de abril de 2016
Expediente: 233/2015-CA
Materia: Contencioso Administrativa
Demandante: Eberti Pereira Burgos
Demandado: Autoridad general de Impugnación Tributaria
Resolución Impugnada: RJ-AGIT-RJ-1032/2015
Magistrado Relator : Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
VISTOS: El proceso Contencioso Administrativo interpuesto por EBERTI BURGOS PEREIRA contra la AUTORIDAD GENERAL DE IMPUGNACIÓN TRIBUTARIA, en la que se impugna la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 1032/2015 de 16 de junio de 2015, los antecedentes del proceso y el informe del Magistrado Jorge von Borries Méndez.
CONSIDERANDOI:
Que admitida la demanda por providencia de 25 de septiembre de 2015 (Fojas 49), se ordenó librar provisiones citatorias para poner en conocimiento al demandado y tercero interesado con la demanda; actuado procesal que por el informe del Secretario, fue el último actuado procesal, el cual fue notificado a la parte actora el 2 de octubre de 2015 (fojas 50), a la fecha la parte actora no instó la prosecución y resolución del proceso.
POR TANTO La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad contenida en la Disposición Transitoria Décima de la Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013 (Código Procesal Civil), DECLARA LA EXTINCION POR INACTIVIDAD DEL PROCESO Contencioso Administrativo interpuesto por EBERTI BURGOS PEREIRA contra la AUTORIDAD GENERAL DE IMPUGNACIÓN TRIBUTARIA, en la que se impugna la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 1032/2015 de 16 de junio de 2015.
Se dispone el archivo de obrados, así como el desglose de la documentación original adjunta, debiendo quedar en su lugar fotocopias debidamente legalizadas
Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.
Firmado:
MAGISTRADO PRESIDENTE: MSc. Jorge I. von Borries Méndez
MAGISTRADO: Dr. Antonio G. Campero Segovia
ANTE MI: Abog. David Valda Terán
SECRETARIO DE SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM. SOCIAL Y ADM. PRIMERA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 126
Sucre, 22 de abril de 2016
Expediente: 233/2015-CA
Materia: Contencioso Administrativa
Demandante: Eberti Pereira Burgos
Demandado: Autoridad general de Impugnación Tributaria
Resolución Impugnada: RJ-AGIT-RJ-1032/2015
Magistrado Relator : Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
VISTOS: El proceso Contencioso Administrativo interpuesto por EBERTI BURGOS PEREIRA contra la AUTORIDAD GENERAL DE IMPUGNACIÓN TRIBUTARIA, en la que se impugna la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 1032/2015 de 16 de junio de 2015, los antecedentes del proceso y el informe del Magistrado Jorge von Borries Méndez.
CONSIDERANDOI:
Que admitida la demanda por providencia de 25 de septiembre de 2015 (Fojas 49), se ordenó librar provisiones citatorias para poner en conocimiento al demandado y tercero interesado con la demanda; actuado procesal que por el informe del Secretario, fue el último actuado procesal, el cual fue notificado a la parte actora el 2 de octubre de 2015 (fojas 50), a la fecha la parte actora no instó la prosecución y resolución del proceso.
POR TANTO La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad contenida en la Disposición Transitoria Décima de la Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013 (Código Procesal Civil), DECLARA LA EXTINCION POR INACTIVIDAD DEL PROCESO Contencioso Administrativo interpuesto por EBERTI BURGOS PEREIRA contra la AUTORIDAD GENERAL DE IMPUGNACIÓN TRIBUTARIA, en la que se impugna la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 1032/2015 de 16 de junio de 2015.
Se dispone el archivo de obrados, así como el desglose de la documentación original adjunta, debiendo quedar en su lugar fotocopias debidamente legalizadas
Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.
Firmado:
MAGISTRADO PRESIDENTE: MSc. Jorge I. von Borries Méndez
MAGISTRADO: Dr. Antonio G. Campero Segovia
ANTE MI: Abog. David Valda Terán
SECRETARIO DE SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM. SOCIAL Y ADM. PRIMERA