De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 130 a 137, interpuesto por Antonia Siviora Chao a través de su representante Hans Soruco Suarez contra el Auto de Vista Nº 16/2016 de 25 de enero, cursante de fs. 116 a 120 vta., pronunciada por la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en el proceso ordinario sobre nulidad de Escritura Pública, seguido por la recurrente contra Cristhian Rodrigo Chambi Marca y Giovana Bárbara Mendoza Chávez, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
En base a la demanda de nulidad de Escritura Pública de fs. 19 a 20 vta., seguido por Antonia Siviora Chao, se inició el proceso y que tramitado el mismo, mereció la Sentencia Nº 67/2014 de 31 de octubre de fs. 90 a 92 vta., que declaró improbada la demanda, y probada la acción reconvencional, reconociéndose el mejor derecho de los reconvencionistas sobre el bien registrado en Derechos Reales bajo la matrícula computarizada Nº 8021010000665; resolución de primera instancia que al ser apelada por la demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 16/2016 de 25 de enero, cursante de fs. 116 a 120 vta., que confirmó totalmente la Sentencia; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación en la forma y en el fondo por Antonia Siviora Chao a través de su representante Hans Soruco Suarez, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Antonia Siviora Chao c/ Cristhian Rodrigo Chambi Marca y Giovana Bárbara Mendoza Chávez
- Proceso: Ordinario sobre nulidad de Escritura Pública
- Distrito: Beni
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
