Auto Supremo AS/0310/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2016-RA

Fecha: 11-Abr-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 231 a 233, interpuesto por Edwin Valdivia Méndez a través de su representante Yerko Orosco Mariscal contra el Auto de Vista Nº 617/2015, cursante a fs. 229 y vta., pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre nulidad de contrato de novación, transferencia e inscripción de tractor seguido por el recurrente contra Pascual Balderrama Guzmán y la empresa TRAC 21 S.R.L., los antecedentes del proceso; y

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

En base a la demanda de nulidad de contrato de novación, transferencia e inscripción de tractor, de fs. 43 a 52, ampliada a fs. 55, seguido por Edwin Valdivia Méndez, se inició el proceso y que tramitado el mismo, mereció la Sentencia de 23 de julio de 2014, que declaró probada parcialmente la demanda principal de fs. 43 a 52 y su ampliación a fs. 55, sobre nulidad de contrato de novación e improbada en cuanto a la nulidad del contrato de transferencia, e improbada la reconvencional de fs. 133 a 135, sobre pago de daños y perjuicios opuesta por la empresa TRAC 21 S.R.L.; resolución de primera instancia que al ser apelada por ambas partes, fue resuelto por Auto de Vista Nº 617/2015, cursante a fs. 229 y vta., pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que revocó parcialmente la Sentencia apelada, solo en lo pertinente a lo resuelto sobre la pretensión de nulidad del documento de transferencia de fecha 08 de noviembre de 2010 (fs. 31) y también respeto al registro del tractor. Como consecuencia, declaró la nulidad parcial del documento de transferencia de tractor suscrita por la empresa TRAC 21 S.R.L. a favor de Pascual Balderrama Guzmán, nulidad que comprende el 50% correspondiente al demandante Edwin Valdivia Méndez, cuyo derecho de propiedad deberá registrase en el Servicio Departamental Agropecuario “SEDAG”; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por el demandante, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad