Auto Supremo AS/0093/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2016-A

Fecha: 11-May-2016

VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Minera Huanuni, representada legalmente por Daniel

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 93-A
Sucre, 11 de mayo de 2016

Expediente: 135/2016-S
Demandante: Luis Carlos Martínez Caro
Demandado : Empresa Minera Huanuni
Materia: Social (Reincorporación)
Distrito : Oruro

VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Minera Huanuni, representada legalmente por Daniel Augusto Careaga Garrón, cursante a fs. 177-179; el Auto de Vista Nº 11/2016 de 28 de enero, cursante a fs. 143-146, pronunciado por la Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en la demanda sobre cobro de beneficios sociales que sigue Luis Carlos Martínez Caro contra el recurrente, y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (CPC-2013), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; en ese sentido, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el Código Procesal Civil, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los procesos en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento