VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro – Empresa
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 111-A
Sucre, 31 de mayo de 2016
Expediente: 155/2016-S
Demandante: Víctor Ortiz Gómez
Demandado : Gobierno Autónomo departamental de Oruro-EPDEOR
Materia: Pago de Beneficios Sociales
Distrito : Oruro
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro – Empresa Pública Departamental de Oruro – EPDEROR, representado legalmente por Jorge Diego Ortega Huanca, cursante a fs. 234-235; el Auto de Vista AV-SECCASA-42/2016 de 04 de abril de 2016, cursante a fs. 230-232, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Socia Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en la demanda sobre pago de beneficios sociales, que sigue Víctor Ortiz Gómez contra el recurrente, y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (CPC-2013), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; en ese sentido, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el Código Procesal Civil, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los procesos en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 111-A
Sucre, 31 de mayo de 2016
Expediente: 155/2016-S
Demandante: Víctor Ortiz Gómez
Demandado : Gobierno Autónomo departamental de Oruro-EPDEOR
Materia: Pago de Beneficios Sociales
Distrito : Oruro
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro – Empresa Pública Departamental de Oruro – EPDEROR, representado legalmente por Jorge Diego Ortega Huanca, cursante a fs. 234-235; el Auto de Vista AV-SECCASA-42/2016 de 04 de abril de 2016, cursante a fs. 230-232, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Socia Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en la demanda sobre pago de beneficios sociales, que sigue Víctor Ortiz Gómez contra el recurrente, y:
CONSIDERANDO I:
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (CPC-2013), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; en ese sentido, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de este año, corresponde aplicar a plenitud el Código Procesal Civil, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los procesos en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro – Empresa
- Que, en la materia se tiene como norma específica al Código Procesal del Trabajo,
- CONSIDERANDO II
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
