De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 195 a 199 vta., se desprende que el recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que el Tribunal de Alzada vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa protegido por el art. 115.II de la Constitución Política del Estado; además refiere haberse infringido el principio de seguridad jurídica e igualdad de las partes, violando el derecho a la propiedad protegidos por el art. 56.I.II de la CPE, peticionando porque se anule obrados y se admita su demanda reconvencional de usucapión; deduciéndose que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
De la revisión del recurso de casación de fs. 195 a 199 vta., se desprende que el recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que el Tribunal de Alzada vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa protegido por el art. 115.II de la Constitución Política del Estado; además refiere haberse infringido el principio de seguridad jurídica e igualdad de las partes, violando el derecho a la propiedad protegidos por el art. 56.I.II de la CPE, peticionando porque se anule obrados y se admita su demanda reconvencional de usucapión; deduciéndose que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
- Partes: Clara Miriam Grandon Chávez c/ Gregorio Condori Vásquez y otra
- Distrito: Oruro
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Fallo de primera instancia a su vez es recurrido de apelación por Gregorio Condori Vásquez
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista Nº 084/2016 de 05 de abril de 2016, de fs
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
