POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del art. 277.I del NCPC, ADMITE el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 119 a 121, interpuesto por Luis Aldo Omonte Rodríguez en representación de la Empresa Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA)
- Que, por disposición del art
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- Que, de la revisión del recurso de casación se tiene evidenciado su presentación dentro del
- Por otra parte, expresa con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, puesto que
- Por lo señalado, se concluye que el recurso cumple las exigencias previstas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Pase a secretaría de la Sala para la prosecución del trámite correspondiente y espera de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
