Auto Supremo AS/0176/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2016-A

Fecha: 01-Jul-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo

CONSIDERANDO : II
De los motivos del Recurso de Casación en la Forma
Del examen del recurso, se constata que fue planteado en el plazo legal previsto por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Que del memorial a fs. 83 a 86 se advierte que el recurrente plantea Recurso de CASACIÓN EN EL FONDO fundamentando los agravios del Auto de Vista, acusando de error de interpretación y aplicación indebida de las disposiciones legales que regulan el Código Procesal del Trabajo.
De lo expuesto, examinado el recurso, se puede advertir que el memorial expresa con claridad las leyes acusadas de infringidas, violadas o aplicadas de manera indebida o errónea interpretación, y se especifica en qué consisten estas acusaciones; siendo así, y cumplidos los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013, en el examen efectuado conforme el art. 277-I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad del recurso de casación.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277-I del Nuevo Código Procesal Civil ADMITE el recurso interpuesto por el Gobierno Autónomo departamental de Pando representado por sus apoderados Abg. Gunar David Seballo Buezo y Abg. Miguel Ángel Vaca Vásquez