Que en el caso concreto, se asume que el recurso de casación en el fondo
Que en el caso concreto, se asume que el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 47 bis a 48, fue interpuesto por el representante legal del G.A.M. de Cobija, en contra del Auto de Vista Nº 97/2016. El referido recurrente acusa tres agravios, los cuales fundamenta y argumenta de manera individual. En la parte de su petitorio, solicita que este tribunal disponga se case el referido Auto de Vista
- CONSIDERANDO I
- Que por disposición expresa de la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015,
- Que en mérito a lo analizado y lo previsto en el art
- CONSIDERANDO II
- Que en el caso concreto, se asume que el recurso de casación en el fondo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
