POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el Artículo 226.II. de la Ley 439, Código Procesal Civil, corrige de oficio la referencia de cita del informe de Secretaría de Cámara de 24 de marzo de 2015 como fs. 2106 que por error de transcripción fue erradamente consignado en el Auto Supremo Nº 228 de 28 de junio de 2016 emitido por esta, debiendo quedar enmendado y así consignado en la referida resolución
