De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 793/2016 – RA
Sucre: 06 de julio de 2016
Expediente: SC- 88- 16 – S
Partes: Delicia Figueroa Álvarez c/German Nogales Iraipi
Proceso: Sumario sobre reivindicación, desocupación y entrega de inmueble
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 123 a 124 vta., interpuesto por German Nogales Iraipi contra el Auto de Vista de fecha 3 de febrero de 2016, cursante de fs. 119 a 120 vta., pronunciado por el anteriormente denominado Juzgado Catorceavo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, en el proceso sumario sobre reivindicación, desocupación y entrega de inmueble seguido por Delicia Figueroa Álvarez contra el recurrente, el Auto de fs. 130 que concedió el recurso, el Auto de fs. 134 que dispuso la remisión, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 30 de abril de 2015, cursante de fs. 99 a 101, que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista fecha 3 de febrero de 2016, cursante de fs. 119 a 120 y vta., que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por German Nogales Iraipi, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 793/2016 – RA
Sucre: 06 de julio de 2016
Expediente: SC- 88- 16 – S
Partes: Delicia Figueroa Álvarez c/German Nogales Iraipi
Proceso: Sumario sobre reivindicación, desocupación y entrega de inmueble
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 123 a 124 vta., interpuesto por German Nogales Iraipi contra el Auto de Vista de fecha 3 de febrero de 2016, cursante de fs. 119 a 120 vta., pronunciado por el anteriormente denominado Juzgado Catorceavo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, en el proceso sumario sobre reivindicación, desocupación y entrega de inmueble seguido por Delicia Figueroa Álvarez contra el recurrente, el Auto de fs. 130 que concedió el recurso, el Auto de fs. 134 que dispuso la remisión, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 30 de abril de 2015, cursante de fs. 99 a 101, que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista fecha 3 de febrero de 2016, cursante de fs. 119 a 120 y vta., que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por German Nogales Iraipi, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
