II.2.- También corresponde analizar el contenido de los recursos de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido de los recursos de casación:
De la revisión del recurso de casación de fs. 605 a 612, interpuesto por Alejandro Vargas Álvarez, se desprende que en lo relevante acusa violación, interpretación errónea y/o aplicación indebida de la ley en la forma y en el fondo, y que en la apreciación de las pruebas se ha incurrido en error de derecho, solicitando casar el Auto de Vista impugnado y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda y probadas las excepciones opuestas; fundamentos estos que resultan suficientes y hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art. 274 parágrafo I numeral 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Villarroel Foronda
- perjuicios
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido de los recursos de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
