De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 863/2016 – RI
Sucre: 20 de julio 2016
Expediente: P- 10 - 16 – S
Partes: Elizabeth Justiniano Gómez c/ Iván Roca Flores y Verónica Moisés
Aguilar
Proceso: Familiar sobre declaración judicial de maternidad
Distrito: Pando
VISTOS: El recurso de casación de fs. 181, interpuesto por Iván Roca Flores y Verónica Moisés Aguilar contra el Auto de Vista de fecha 16 de mayo de 2016, cursante a fs. 175 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, en el proceso Familiar sobre declaración judicial de maternidad, seguido por Elizabeth Justiniano Gómez contra los recurrentes, el Auto de fs. 188 y vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 15/2016 de 12 de febrero, cursante de fs. 150 a 152 y vta., que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los demandados, fue resuelto por Auto de Vista de fecha 16 de mayo de 2016, cursante a fs. 175 y vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Iván Roca Flores y Verónica Moisés Aguilar, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 863/2016 – RI
Sucre: 20 de julio 2016
Expediente: P- 10 - 16 – S
Partes: Elizabeth Justiniano Gómez c/ Iván Roca Flores y Verónica Moisés
Aguilar
Proceso: Familiar sobre declaración judicial de maternidad
Distrito: Pando
VISTOS: El recurso de casación de fs. 181, interpuesto por Iván Roca Flores y Verónica Moisés Aguilar contra el Auto de Vista de fecha 16 de mayo de 2016, cursante a fs. 175 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, en el proceso Familiar sobre declaración judicial de maternidad, seguido por Elizabeth Justiniano Gómez contra los recurrentes, el Auto de fs. 188 y vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 15/2016 de 12 de febrero, cursante de fs. 150 a 152 y vta., que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los demandados, fue resuelto por Auto de Vista de fecha 16 de mayo de 2016, cursante a fs. 175 y vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Iván Roca Flores y Verónica Moisés Aguilar, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- En cuanto al recurso de casación en proceso extraordinario propiamente dicho, en el art
- Consiguientemente se dirá que, de acuerdo a la revisión del cuaderno procesal, la presente causa
- En ese entendido, el Tribunal de apelación debió considerar la aplicación de las normas previstas
- Por lo expuesto, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Devuélvase, regístrese, y notifíquese.
