Que, los recursos de casación en la forma de fs
CONSIDERANDO II:
Que, los recursos de casación en la forma de fs. 1027 a 1028 y 1031 a 1037, han sido presentados ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista cuya casación o nulidad se pretende; citan de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido y su foliación; expresan con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas, especificando también en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, con los fundamentos que se esgrimen en sus contenidos
Que, los recursos de casación en la forma de fs. 1027 a 1028 y 1031 a 1037, han sido presentados ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista cuya casación o nulidad se pretende; citan de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido y su foliación; expresan con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o erróneamente interpretadas, especificando también en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, con los fundamentos que se esgrimen en sus contenidos
- CONSIDERANDO I
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Tributario Ley Nº
- Que, los recursos de casación en la forma de fs
- - La Fundación AGROCAPITAL, representada por Ingrid Alicia Canedo Rico, el 28 de abril de
- - La Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales, representada por
- Es decir ambos recursos fueron presentados dentro del plazo establecido por el art
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad de los recursos, procédase a la
- Firmado
