Auto Supremo AS/0262/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2016-A

Fecha: 05-Ago-2016

CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado

Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 670 a 675 vta., interpuesto por Dorit Zimerman Rosemberg de Moralli, contra el Auto de Vista Nº 23/16 de 19 de abril de 2016, de fs. 663 a 668, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por la recurrente contra Wolf Zimerman Lustik, la respuesta de fs. 678 a 682 vta., el Auto Nº 254/2016 de 8 de julio, a fs. 683 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo