POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.I del NCPC, ADMITE el recurso de casación en el fondo de fs. 129 a 132, interpuesto por Humberto Gerónimo Tancara Tancara, en representación legal de la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca, contra el Auto de Vista Nº 385/2016, de 05 de julio
