I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
Proceso: Ordinario nulidad de contrato de transferencia de inmueble hipotecado
por tácita comisión de pacto comisorio
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 553 a 562 y vta., interpuesto por Fortino Jaime Agramont Botello, Rosmery Carrillo de Agromont, Gloria Cleofe, Juan Jaime y Maryelen Agromont Carrillo por sí y en representación de Hospital Agromont contra el Auto de Vista Nº 164/2016 de 13 de mayo, cursante de fs. 550 a 551 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario sobre nulidad de contrato de transferencia de inmueble hipotecado por tácita comisión de pacto comisorio seguido por los recurrentes contra Banco Mercantil Santa Cruz S.A., el Auto de fs. 567 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 258/2015 de 28 de agosto, cursante de fs. 519 a 522 y vta., que declaró improbada la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los demandantes, fue resuelto por Auto de Vista Nº 164/2016 de 13 de mayo, cursante de fs. 550 a 551 y vta., que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Fortino Jaime Agramont Botello, Rosmery Carrillo de Agromont, Gloria Cleofe, Juan Jaime y Maryelen Agromont Carrillo por sí y en representación de Hospital Agromont, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
por tácita comisión de pacto comisorio
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 553 a 562 y vta., interpuesto por Fortino Jaime Agramont Botello, Rosmery Carrillo de Agromont, Gloria Cleofe, Juan Jaime y Maryelen Agromont Carrillo por sí y en representación de Hospital Agromont contra el Auto de Vista Nº 164/2016 de 13 de mayo, cursante de fs. 550 a 551 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario sobre nulidad de contrato de transferencia de inmueble hipotecado por tácita comisión de pacto comisorio seguido por los recurrentes contra Banco Mercantil Santa Cruz S.A., el Auto de fs. 567 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 258/2015 de 28 de agosto, cursante de fs. 519 a 522 y vta., que declaró improbada la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los demandantes, fue resuelto por Auto de Vista Nº 164/2016 de 13 de mayo, cursante de fs. 550 a 551 y vta., que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Fortino Jaime Agramont Botello, Rosmery Carrillo de Agromont, Gloria Cleofe, Juan Jaime y Maryelen Agromont Carrillo por sí y en representación de Hospital Agromont, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- S.A
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
