Que, de la revisión del recurso de casación anotado, se evidencia que: su presentación se
CONSIDERANDO II:
Que, de la revisión del recurso de casación anotado, se evidencia que: su presentación se encuentra dentro del término establecido por el art. 210 del CPT, tomando en cuenta el sistema de cómputo previsto en el art. 90 del NCPC, advirtiendo que fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 18 de julio de 2016 (fs. 84) y la presentación del recurso fue el 28 de julio de 2016 (fs. 85); cita en términos claros y concretos el Auto de Vista respecto del cual se recurre (183/2016 de 08/07/2016, y si bien no identifica su folio, empero cumple con la necesaria identificación del mismo); finalmente cumple con citar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error. Por lo anotado, se concluye que el recurso cumple las exigencias previstas en el art. 274. I del NCPC
Que, de la revisión del recurso de casación anotado, se evidencia que: su presentación se encuentra dentro del término establecido por el art. 210 del CPT, tomando en cuenta el sistema de cómputo previsto en el art. 90 del NCPC, advirtiendo que fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 18 de julio de 2016 (fs. 84) y la presentación del recurso fue el 28 de julio de 2016 (fs. 85); cita en términos claros y concretos el Auto de Vista respecto del cual se recurre (183/2016 de 08/07/2016, y si bien no identifica su folio, empero cumple con la necesaria identificación del mismo); finalmente cumple con citar con claridad y precisión la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error. Por lo anotado, se concluye que el recurso cumple las exigencias previstas en el art. 274. I del NCPC
- CONSIDERANDO I
- Que, de la revisión del recurso de casación anotado, se evidencia que: su presentación se
- POR TANTO: Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Pase a secretaría de Sala para la prosecución del trámite correspondiente y espera de turno
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
