CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
De los motivos del Recurso de Casación en la Forma
Del examen del recurso, se constata que fue planteado en el plazo legal previsto por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó Auto de Vista.
Que del memorial a fs. 396 a 399 se advierte que el recurrente plantea Recurso de Casación y/o Nulidad fundamentando los agravios del Auto de Vista, acusando de haberlo dejado en Indefensión Jurídica, expone que la resolución no contiene fundamentación legal, y fue emitido sin compulsar los puntos de apelación. Acusa de que no se expuso la motivación y que en apenas una foja y media se dictó la resolución aludiendo el art. 271 par. I y II de la Ley 439 y en los arts. 106; 108; 109 del mismo cuerpo legal. Afirmando que existieron vicios de nulidad reclamados que no fueron compulsados por el Tribunal de Alzada
De los motivos del Recurso de Casación en la Forma
Del examen del recurso, se constata que fue planteado en el plazo legal previsto por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó Auto de Vista.
Que del memorial a fs. 396 a 399 se advierte que el recurrente plantea Recurso de Casación y/o Nulidad fundamentando los agravios del Auto de Vista, acusando de haberlo dejado en Indefensión Jurídica, expone que la resolución no contiene fundamentación legal, y fue emitido sin compulsar los puntos de apelación. Acusa de que no se expuso la motivación y que en apenas una foja y media se dictó la resolución aludiendo el art. 271 par. I y II de la Ley 439 y en los arts. 106; 108; 109 del mismo cuerpo legal. Afirmando que existieron vicios de nulidad reclamados que no fueron compulsados por el Tribunal de Alzada
- VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad que interpone Ramón Aguilera Aguilera de fs
- CONSIDERANDO I
- Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido
- Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se
- CONSIDERANDO II
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
