Auto Supremo AS/0316/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0316/2016-A

Fecha: 02-Sep-2016

CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 176 a 178 vta., interpuesto por Jhimy Mamani Callapa en representación legal de Johnny Humberto Romay, contra el Auto de Vista Nº 418/2016 de 21 de julio, de fs. 170 a 172, pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Leonardo Andrade Cáceres y Genaro Flores Espinoza contra el recurrente, la respuesta de fs. 182 a 183 vta., el Auto Nº 510/2016 a fs. 185 vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo