Auto Supremo AS/0318/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2016-A

Fecha: 08-Sep-2016

CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado

VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 140 a 141, interpuesto por Octavio Rómulo Choque Castro, contra el Auto de Vista Nº 007/2016 de 12 de mayo, de fs. 136 a 137, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social de Indemnización, seguido por Abel Ciro Chávez Rivera, contra el recurrente, el Auto de 19 de julio de 2016, que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo