Auto Supremo AS/0331/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2016-A

Fecha: 16-Sep-2016

CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado


VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 197 a 200, interpuesto por Katherine Padilla Montalvo, impugnando el Auto de Vista N° 449/2016 de 28 de julio de 2016, cursante de fs. 192a 193 pronunciado por la Sala Social Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca dentro del proceso social seguido por la recurrente, contra María Cristina Quiroga Castro, representante legal de la Empresa "Grupo Regional" SRL, el Auto de fs. 203 vta., que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesa del Trabajo