De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
Distrito: Beni.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 479 a 486 vta., interpuesto por Carlos Antonio Ormachea Zalles a través de su representante Miguel Angel Viruez Ruiz, contra el Auto de Vista Nº 249/2016 de 28 de septiembre, cursante de fs. 474 a 476, pronunciado por la Sala Civil, Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Publica del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en el proceso ordinario sobre usucapión quinquenal u ordinaria seguido por José Hernán Dorado Natusch contra el recurrente, el Auto de fs. 502 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 65/2016 de2 2 de junio, cursante de fs. 415 a 418 vta., que declaró improbada la demanda principal interpuesto por José Hernán Dorado Natusch, y probada la demanda reconvencional de mejor derecho propietario y acción negatoria formulada por el demandado; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 249/2016 de 28 de septiembre, cursante de fs. 474 a 476, que revocó la Sentencia apelada, en su mérito declaró por operada la usucapión sobre los lotes de terreno Nos. 13 y 14, Mzo 22, Urbanización Bertha I, ubicados sobre la carretera Trinidad San Javier, ordenando se libre ejecutorial a DD.RR.; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Carlos Antonio Ormachea Zalles a través de su representante Miguel Angel Viruez Ruiz,, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
VISTOS: El recurso de casación de fs. 479 a 486 vta., interpuesto por Carlos Antonio Ormachea Zalles a través de su representante Miguel Angel Viruez Ruiz, contra el Auto de Vista Nº 249/2016 de 28 de septiembre, cursante de fs. 474 a 476, pronunciado por la Sala Civil, Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Publica del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en el proceso ordinario sobre usucapión quinquenal u ordinaria seguido por José Hernán Dorado Natusch contra el recurrente, el Auto de fs. 502 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 65/2016 de2 2 de junio, cursante de fs. 415 a 418 vta., que declaró improbada la demanda principal interpuesto por José Hernán Dorado Natusch, y probada la demanda reconvencional de mejor derecho propietario y acción negatoria formulada por el demandado; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 249/2016 de 28 de septiembre, cursante de fs. 474 a 476, que revocó la Sentencia apelada, en su mérito declaró por operada la usucapión sobre los lotes de terreno Nos. 13 y 14, Mzo 22, Urbanización Bertha I, ubicados sobre la carretera Trinidad San Javier, ordenando se libre ejecutorial a DD.RR.; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Carlos Antonio Ormachea Zalles a través de su representante Miguel Angel Viruez Ruiz,, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: José Hernán Dorado Natusch. c/ Carlos Antonio Ormachea Zalles
- Proceso: Ordinario sobre usucapión quinquenal u ordinaria
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
