Auto Supremo AS/0357/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0357/2017

Fecha: 20-Nov-2017

VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa interpuesta por Maritza Choque Mamani, el informe del Magistrado Tramitador

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM, PRIMERA
Auto Supremo Nº 357
Sucre, 20 noviembre de 2017

Expediente: 272/2017-CA
Tipo de Proceso: Contencioso Administrativo
Demandantes: Maritza Choque Mamani
Demandado: Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa interpuesta por Maritza Choque Mamani, el informe del Magistrado Tramitador Antonio Campero Segovia; y:
CONSIDERANDO: Que la demanda Contencioso Administrativa fue observada por decreto de 4 de septiembre de 2017 (fs. 53), disponiendo que con carácter previo a la admisión, la parte demandante aclare su demanda, identifique la resolución cuya impugnación se solicita, así como al tercer interesado, presente la resolución y su respectiva notificación en originales o copias debidamente legalizadas concediéndole el plazo de diez días hábiles, computables a partir de su legal notificación de 30 de octubre de 2017, según diligencia de fs. 54 de obrados, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda, sin que hasta la fecha diera cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, dejando vencer el plazo otorgado, correspondiendo en consecuencia aplicar la sanción prevista en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por Maritza Choque Mamani y dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar simples copias fotostáticas