POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm., Social y Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, con la previsión del art. 252 del CPT, art. 277 del CPC, dispone la ADMISION del Recurso De Casación cursante de fs. 77 a 79, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
