Que, por disposición del art
Que, por disposición del art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT) se establece que los aspectos no previstos en la misma, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral; en tal sentido, el art. 210 del CPT establece la procedencia del Recurso De Casación en el plazo de 8 días. El Código Procesal Civil (CPC), señala que aun en los procesos en trámite, por expresa previsión del art. 277. I del CPC aprobado por Ley N° 439, ordena, que el Tribunal Supremo de Justicia debe examinar el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 274 del CPC, bajo pena de declarar improcedente el recurso
- El Recurso de Casación, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de
- Que, por disposición del art
- Que, del examen del recurso se constata que fue planteado en el
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- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
