En mérito a lo analizado, estando plenamente vigente el Código Procesal Civil, Ley 439, lo
En mérito a lo analizado, estando plenamente vigente el Código Procesal Civil, Ley 439, lo previsto en el art. 108 de la Constitución Política del Estado (CPE), en el presente proceso laboral, corresponde realizar el examen de admisibilidad, respecto al Recurso de Casación en el fondo de fs. 62 a 64, que fue presentado el 18 de septiembre de 2017, conforme lo previsto en el art. 277 del CPC
- VISTOS: La Constitución Política del Estado, el Código Procesal del Trabajo, el Código Procesal Civil,
- En mérito a lo analizado, estando plenamente vigente el Código Procesal Civil, Ley 439, lo
- CONSIDERANDO II
- En el caso concreto, la casación de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
