CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 556-A
Sucre, 27 de noviembre de 2017
Expediente: 556/2017- La Paz
Demandante: American Airlines del INC
Demandado: Gerencia Graco La Paz del SIN
Distrito: La Paz
Materia: Contencioso
VISTOS: La Constitución Política del Estado, la Ley Nº 620, el Código de Procedimiento Civil (1975), demás antecedentes y;
CONSIDERANDO I. Teniendo presente la generalidad con la cual se regulo el proceso contencioso resultante de los contratos, negociaciones y concesiones del poder ejecutivo, en el Código de Procedimiento Civil (1975) y de conformidad a la Disposición Final Tercera contemplada en el Código Procesal Civil que establece que quedan vigentes los Artículos 775 al 781 del Código de Procedimiento Civil, sobre Procesos: Contencioso y Resultante de los Contratos, Negociaciones y Concesiones del Poder Ejecutivo, hasta que sean regulados por Ley como jurisdicci6n especializada: Por cuya razón, a tiempo de efectivizar la tramitaci6n del mismo, es pertinente acudir al trámite y resolución de la causa sujetándola a las previsiones contempladas en los arts.316, 354 del CPC, señaladas para el proceso ordinario de hecho o de puro derecho, según la naturaleza del asunto
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 556-A
Sucre, 27 de noviembre de 2017
Expediente: 556/2017- La Paz
Demandante: American Airlines del INC
Demandado: Gerencia Graco La Paz del SIN
Distrito: La Paz
Materia: Contencioso
VISTOS: La Constitución Política del Estado, la Ley Nº 620, el Código de Procedimiento Civil (1975), demás antecedentes y;
CONSIDERANDO I. Teniendo presente la generalidad con la cual se regulo el proceso contencioso resultante de los contratos, negociaciones y concesiones del poder ejecutivo, en el Código de Procedimiento Civil (1975) y de conformidad a la Disposición Final Tercera contemplada en el Código Procesal Civil que establece que quedan vigentes los Artículos 775 al 781 del Código de Procedimiento Civil, sobre Procesos: Contencioso y Resultante de los Contratos, Negociaciones y Concesiones del Poder Ejecutivo, hasta que sean regulados por Ley como jurisdicci6n especializada: Por cuya razón, a tiempo de efectivizar la tramitaci6n del mismo, es pertinente acudir al trámite y resolución de la causa sujetándola a las previsiones contempladas en los arts.316, 354 del CPC, señaladas para el proceso ordinario de hecho o de puro derecho, según la naturaleza del asunto
- CONSIDERANDO I
- En merito a lo analizado, corresponde realizar el examen de admisibilidad, respecto a la
- CONSIDERANDO II
- En el caso concreto, el Recurso De Casación, de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
