II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 289 a 297 vta., interpuesto por Shirley Judith Duran Pacheco e Iveth Duran Pacheco, se desprende que entre otras, acusan de errónea interpretación del art. 138 del Código Civil con relación al art. 1454 del citado cuerpo legal, art. 1-16,134 del Código Procesal Civil en franca vulneración del principio de seguridad jurídica, toda vez que los Jueces de instancia se habrían limitado a interpretar y aplicar el art. 1453 del Código Civil de manera gramatical y aislada sin considerar los alcances y connotaciones del art. 1454 del mismo cuerpo legal, esto en sujeción a la confesión espontánea de la actora que habría expresado que sus personas se encontrarían en posesión del inmueble objeto de la Litis desde hace más de 10 años, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso que cursa de fs. 289 a 297 vta., interpuesto por Shirley Judith Duran Pacheco e Iveth Duran Pacheco, se desprende que entre otras, acusan de errónea interpretación del art. 138 del Código Civil con relación al art. 1454 del citado cuerpo legal, art. 1-16,134 del Código Procesal Civil en franca vulneración del principio de seguridad jurídica, toda vez que los Jueces de instancia se habrían limitado a interpretar y aplicar el art. 1453 del Código Civil de manera gramatical y aislada sin considerar los alcances y connotaciones del art. 1454 del mismo cuerpo legal, esto en sujeción a la confesión espontánea de la actora que habría expresado que sus personas se encontrarían en posesión del inmueble objeto de la Litis desde hace más de 10 años, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Teresa Pacheco Coronado de Paco c/ Lucia Pacheco Coronado de Duran y otros
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
