Auto Supremo AS/1218/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1218/2017-RA

Fecha: 27-Nov-2017

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de fs. 715 a 721 vta., formulado por Antonio Eterovic Martinic y Vania Skaric de Eterovic, se desprende que describiendo la relación de los hechos entre otros denuncia error de hecho en la apreciación de las pruebas, así como la aplicación indebida de la ley en el fondo y en la forma; la falta de motivación legal en la Sentencia, así como vulneración al principio de congruencia; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo.
Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el art. 277.II del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 715 a 721 vta., interpuesto por Antonio Eterovic Martinic y Vania Skaric de Eterovic contra el Auto de Vista Nº 238/2017 de 27 de julio, cursante de fs. 708 a 710 vta., pronunciado por la Sala Primera Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz