Auto Supremo AS/0039/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0039/2017-A

Fecha: 08-Feb-2017

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 39-A
Sucre, febrero 08 de 2017

Expediente: 039/2016-A
Demandante: Luis Enrique Vargas Lemaitre
Demandado : Servicio de Impuestos Nacionales Chuquisaca
Materia: Contencioso Tributario
Distrito: Chuquisaca

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 288 a 299 vta., interpuesto por Grover Castelo Miranda, en representación del Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Chuquisaca, contra el Auto de Vista Nº 656/2016, de 16 de noviembre, cursante de fs. 281 a 284 vta., pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso contencioso tributario seguido por Luis Enrique Vargas Lemaitre contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 301 a 304 vta.; el Auto Nº 043/2017, de 24 de enero de fs.305, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Consideraciones Previas
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de 2016, corresponde aplicar a plenitud el Código Procesal Civil, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento